Prorrogan régimen de recuperación anticipada del IGV

Prorrogan régimen de recuperación anticipada del IGV

Dentro de las medidas tributarias adoptadas por el gobierno para disminuir los efectos económicos negativos provocados por la crisis de salud que se viene atravesando, se prorrogó la vigencia del régimen de recuperación anticipada del IGV hasta el 31 de diciembre de 2023, mediante decreto legislativo 1463 publicado el 17 de abril del 2020.

Este régimen tiene el objetivo de promover la adquisición de bienes de capital nuevos, nacionales o importados para la micro y pequeña empresa.

Mediante este decreto también sa ha ampliado el ambito de aplicación del régimen que hasta antes de este se aplicacba a micro y pequeñas empresas que tuvieran ingresos netos hasta 300 UIT.

Ahora podrán acogerse también a este régimen las empresas cuyos ingresos anuales se encuentren entre 300 UIT y 2,300 UIT y se encuentren dentro del régimen mype tributario del Impuesto a la Renta, para adquisiciones efectuadas entre el 01 de Enero del 2020 y el 31 de Diciembre de 2021.

El régimen consiste en la devolución del crédito fiscal generado en las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos. El crédito fiscal que puede ser materia del devolución es aquel que no hubiese sido agotado como mínimo en un periodo de tres meses consecutivos desde la fecha de anotación del comprobante de pago en el registro de compras.

Para aplicar el régimen los contribuyentes deberán cumplir con los requisitos establecido en el reglamento.

Lima, 27 de Abril de 2020

Luis Alberto Arce Furuya

Abogado tributarista

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