Competencia desleal - INDECOPI
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PROCEDIMIENTOS ANTE INDECOPI POR COMPETENCIA DESLEAL
Nuestro Estudio brinda asesoría en procedimientos iniciados por INDECOPI por infracciones por competencia desleal.
El Decreto Legislativo 1044 aprobó la Ley de Represión de la Competencia Desleal.
Esta norma prohíbe la práctica y sanciona los actos de competencia desleal, cualquiera sea la forma que adopten y el medio que utilicen en su realización, incluida la actividad publicitaria, sin importar la actividad económica en la que se produzcan. Un acto de competencia desleal es aquel que resulte contrario a la buena fe empresarial que debe orientar la competencia en una economía de mercado.
Los actos de competencia desleal se pueden configurar de la siguiente manera:
Actos contra la transparencia del mercado.-
Son actos que tienen como efecto, real o potencial, inducir a error a otros agentes del mercado sobre la naturaleza, modo de fabricación o distribución, características, aptitud, para el uso, calidad, cantidad, precio, condiciones de venta o adquisición y, en general, sobre atributos y condiciones de los bienes o servicios, establecimientos o transacciones que el agente económico que desarrolla tales actos pone a disposición en el mercado; o inducir a error sobre los atributos que posee dicho agente, incluido todo aquello que representa su actividad empresarial.
Publicidad testimonial no sustentada en experiencias auténticas.
Difusión de mensajes referidos a características de un bien o servicio que no cuenten con la prueba que sustente la veracidad del mensaje.
Actos de confusión.- Actos que tiendan a inducir a error sobre el origen empresarial distinto al que realmente corresponde a los productos, servicios, actividad o establecimiento.
Actos indebidos vinculados con la reputación de otro agente económico.- Son actos que tienden al aprovechamiento indebido de la imagen, el crédito, la fama o prestigio empresarial o profesional de otro agente económico. Se incluyen dentro de esta categoría la explotación indebida de la reputación ajena mediante la utilización de bienes protegidos por las normas de propiedad intelectual.
Actos de denigración.- Actos que tengan como fin menoscabar la imagen o prestigio empresarial o profesional de otros agentes económicos.
Actos de comparación y equiparación indebida.- Consisten en presentar ventajas de la oferta propia frente a la de la competencia, mediante la alusión directa o indirecta, sobre la oferta de otro agente económico, incluso mediante la utilización de signos distintivos ajenos.
Actos de violación de secretos empresariales.- Divulgar secretos profesionales o empresariales sin la autorización de sus titulares. Adquirir secretos empresariales mediante espionaje.
Actos de violación de normas.- actos que tengan como efecto valerse en el mercado de una ventaja significativa derivada de la con concurrencia en el mercado mediante la infracción de normas imperativas.
Actos de sabotaje empresarial.
Actos de competencia desleal mediante la actividad publicitaria:
- Actos contra el principio de autenticidad. Difundir publicidad encubierta bajo la apariencia de noticias, opiniones periodísticas o material recreativo, sin advertir de manera clara su naturaleza publicitaria.
- Actos contra el principio de legalidad. Difundir publicidad que no respete las normas imperativas.
- Actos contra el principio de adecuación social.- Publicidad que induzca a cometer un acto ilegal o un acto de discriminación u ofensa por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, condición económica o de cualquier otra índole.
La comisión de represión de la competencia desleal, puede iniciar un procedimiento de fiscalización y sanción de oficio o por denuncia de parte contra las empresas que infrinjan las disposiciones establecidas en el decreto legislativo y demás normas aplicables.
Contamos con profesionales con experiencia asesorando empresas en este tipo de procedimientos seguidos ante Indecopi.